El abogado Manuel Temboury, con
especialidad civil en siniestros, ha asegurado que el juez que
instruye el caso sobre el accidente aéreo en el aeropuerto madrileño
de Barajas puede ordenar que se haga público el contenido de la caja
negra, tal y como pasó en el siniestro ocurrido en Málaga en 2001.
Temboury ha declarado que esta medida la podrá tomar el
instructor salvo que decida decretar el secreto de sumario, medida
que no suele ser habitual en estos casos.
El letrado, que representó a más de la mitad de los familiares de
las víctimas del accidente aéreo ocurrido en Málaga en 2001 -en el
que fallecieron cuatro pasajeros-, ha defendido que el instructor
debe evitar que la Comisión de Investigación de Accidentes asuma
como única responsable la investigación del siniestro, dado que
podría ocasionar la prescripción de la acción penal.
Ha señalado que el juez debe precintar los restos del aparato y
la caja negra, así como ordenar que se realice una copia de
seguridad de los registradores de vuelo que graban las voces en
cabina y los datos del vuelo.
"Estos dos elementos de registro, junto con el que se ubica en la
propia torre de control y que registra las conversaciones entre el
avión y tierra, suponen los elementos de prueba más importantes para
determinar las causas de siniestro", ha explicado.
Ha abogado también por que el juez que instruye el caso nombre
una pericial independiente que pueda determinar "de manera más
inmediata y objetiva" el origen del accidente, tarea de la que
deberá encargarse una empresa formada por técnicos en ingeniería
aeronáutica y aviación civil.
El letrado ha defendido además que se cite a declarar lo antes
posible a los supervivientes del avión siniestrado, porque, "aunque
carezcan de conocimientos técnicos", su testimonio "puede ser
fundamental" para que el Juzgado oriente sus investigaciones.
"En el accidente de Málaga conocimos desde el primer día que el
fallo inicial del aparato consistió en la parada de uno de los dos
motores de la aeronave, circunstancia que nos llevó a investigar la
respuesta inmediata de la tripulación a ese fallo y determinó que
encontrásemos la causa del siniestro en la actuación del copiloto,
quien por error apagó ambos motores en el aterrizaje", ha destacado.
Temboury ha asegurado que la Comisión de Investigación de
Accidentes, órgano dependiente del Ministerio de Fomento, puede
tardar entre dos y tres años -como ocurrió con el siniestro de
Málaga- en emitir el informe definitivo, documento que "indica las
recomendaciones a seguir para evitar futuros incidentes aéreos sin
depurar responsabilidad alguna".
Este hecho supondría, según el abogado, que fuera "imposible para
el juzgador, entre otras cosas por prescripción de la acción penal,
resarcir moralmente a las víctimas o castigar a los culpables por
las graves negligencias cometidas".
Ha apuntado la necesidad de emplazar a las compañías aseguradoras
como responsable civil subsidiario del accidente, "imponiéndoles una
fuerte suma de fianza inicialmente".
A este respecto, Temboury ha subrayado que el Reglamento del
Consejo Europeo sobre responsabilidad de las compañías aéreas en
caso de accidente dispone que "en cualquier caso y en no más de
quince días se deben ofrecer a los perjudicados cantidades en
concepto de anticipo de la mayor indemnización que pudiera
corresponderles".
Ha recordado que la Audiencia de Málaga ha reconocido en varios
casos que las indemnizaciones a percibir por las víctimas y
familiares son compatibles con las establecidas por el Código Civil
y calculadas en función de la Ley de Seguros, "cantidades que pueden
llegar a triplicar la suma que inicialmente puede ofrecer la
aseguradora".
"Sin embargo, esta circunstancia solamente es posible si, tal
como recoge la Ley de Navegación Aérea, se acredita la existencia de
culpa grave en el siniestro", ha señalado el abogado. 